La segunda NDC refleja un tratamiento equilibrado y una mejora en los pilares básicos de la lucha contra el cambio climático, al mismo tiempo que basada en la mejor ciencia disponible y a la luz de las circunstancias nacionales, resulta justa y equitativa ya que el país mantendría en 2030 un porcentaje de participación de 0.9% respecto de las emisiones globales manteniéndose sus niveles de participación histórica.
Compromisos en Adaptación
Argentina se compromete a que hacia 2030, los argentinos y las argentinas tengan conocimiento sobre los efectos adversos del cambio climático y las correspondientes medidas de adaptación.
Vulnerabilidad y Adaptación
Índice de riesgo climático 2019: Puesto 55 de 182
Índice de riesgo climático histórico: Puesto 80 de 180
Meta de Mitigación
La República Argentina no excederá la emisión neta de 349.16 millones de toneladas de dióxido de carbono equivalente (MtCO2eq) en el año 2030, aplicable a todos los sectores de la economía.
Meta o Compromiso en Mitigación (reducción de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI)
Tipo meta
Absoluta
Reducción o control del incremento de emisiones absolutas en relación a un año base. Un tipo de objetivo absoluto es la neutralidad de carbono, o alcanzar cero emisiones netas para una cierta fecha con respecto a un año meta.
Escenario Tendencial o BAU
0.7
1
BAU: Un compromiso para reducir las emisiones con relación a una trayectoria proyectada de emisiones. Por ejemplo, una reducción del 30% de las emisiones proyectadas al 2030.
Meta condicional
No aplica
MtCO2eq al 2030
Meta Incondicional: Un compromiso para reducir las emisiones con relación a una trayectoria
Meta incondicional
349.16
MtCO2eq al 2030
Meta Condicional proyectada de emisiones. Por ejemplo, una reducción del 30% de las emisiones proyectadas al 2030
Perfil de Emisiones de Argentina
Emisiones totales de GEI
365,889.79
GgCO2eq
Emisiones del GEI per Cápita
8.22
tCO2eq
Emisiones de GEI por unidad del PIB
896
tCO2eq
Brecha de emisiones con meta 1.5 °C
162.2
Escenario Tendencial o BAU
0.7
MtCO2eq
Emisiones Meta Incondicional
0.7
MtCO2eq
Emisiones Meta Condicional
0.7
MtCO2eq
Emisiones compatibles con Meta de 1.5 °C
0.3
MtCO2eq
Velocidad de descarbonización histórica
-
Velocidad de descarbonización compatible con Meta Incondicional
-1.3
Velocidad de descarbonización compatible con Meta Condicional
-1.3
Velocidad de descarbonización compatible con Meta 1.5°C
-7.7
Etapas del proceso de implementacion de NDC
El seguimiento del progreso en la implementación de la meta de mitigación de la segunda NDC se realizará a través del Inventario Nacional de Gases de Efecto Invernadero (INGEI), reportado en los subsiguientes Informes Bienales de Actualización (IBA), Comunicaciones Nacionales y en futuros Informes Bienales de Transparencia (IBT), de acuerdo a lo establecido en el párrafo 17 de la Decisión 4/CMA 1. El monitoreo de la misma se dará dentro del marco del Sistema Nacional de Inventario de Gases de Efecto Invernadero de Argentina (SNI-GEI-AR), integrante del Sistema Nacional de Información sobre Cambio Climático.
Considerando el impacto del cambio climático en su territorio y en su estructura social y productiva, Argentina estima que el costo de las acciones de mitigación y adaptación con financiamiento internacional ascienden a USD 15 000 millones; lo cual aún es insuficiente. Cabe mencionar, que en el 2021 Argentina inició un trabajo preliminar de valoración de las acciones de mitigación y adaptación necesarias para dar cumplimiento a la segunda NDC; el mismo que se encuentra en revisión por parte de las áreas involucradas.
Con respecto a un Plan de implementación para la NDC, el PNAyMCC, que se encuentra en proceso de desarrollo, permitirá establecer una hoja de ruta para la implementación climática con líneas estratégicas que funcionen como marco para los diversos procesos de planificación de la adaptación.
En el marco de los medios de implementación, la segunda NDC señala que elaborará su estrategia de financiamiento climático a largo plazo basada en la correcta identificación de necesidades y prioridades. Asimismo, se indica que dentro del marco del GNCC se conformó el Grupo de Trabajo de Finanzas Sostenibles, cuyo objetivo es diseñar el marco habilitante para alinear los flujos financieros con la promoción de la Agenda 2030 y la acción climática en la República Argentina, así como afianzar la posición del país frente a la reglamentación del artículo 6° del Acuerdo de París.
Argentina se encuentra en proceso de formulación de su Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático (PNAyMCC), de acuerdo al Marco de Adaptación de Cancún adoptado por la Decisión 1/CP.16 en la 16a Conferencia de las Partes de la Convención, y bajo el Párrafo 9 del artículo 7 del Acuerdo de París. El PNAyMCC permitirá establecer una hoja de ruta para la implementación climática con líneas estratégicas que funcionen como marco para los diversos procesos de planificación de la adaptación, tanto a nivel sectorial como subnacional, facilitando y orientando dichas iniciativas y, al mismo tiempo, considerando factores determinantes y proyecciones climáticas con miras a reducir el riesgo climático.
Un soporte legal relevante para la implementación de la NDC es la Ley N° 27.520 de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global (Ley de Cambio Climático) aprobada en el 2019, y su Decreto Reglamentario N° 1030/2020. Dichos instrumentos reafirman y reglamentan los compromisos internacionales asumidos, y fortalecen la política climática nacional y la planificación subnacional, estableciendo los presupuestos mínimos de protección ambiental para garantizar acciones, instrumentos y estrategias adecuadas de adaptación y mitigación al cambio climático en todo el territorio nacional.
Cabe resaltar que, en el 2018, Argentina implementó un impuesto al carbono para la mayoría de los combustibles. En el caso de la nafta, gasolina, solvente, aguarrás, gasoil, diesel oil y kerosene, los ingresos recaudados se destinan a múltiples beneficiarios, incluido el Fondo Nacional de Vivienda, el Fideicomiso de Infraestructura de Transporte y el Sistema de Seguridad Social, entre otros.
Argentina considera fundamental el seguimiento y monitoreo doméstico del progreso de la segunda NDC para alcanzar la efectiva implementación de la acción climática tanto a nivel nacional como global. Además, se encuentra en desarrollo un sistema de monitoreo e indicadores dentro del Sistema Nacional de Información de Cambio Climático, para evidenciar el grado de avance y de cumplimiento de la NDC y sus medidas.
La presentación de la NDC de Argentina al año 2030 se realizó en un año complejo para el país debido al impacto de la pandemia COVID-19, así como en el marco de un proceso recesivo que se inicia en 2018, con el agravante de un fuerte endeudamiento externo. La segunda NDC refleja un tratamiento equilibrado y una mejora en los pilares básicos de la lucha contra el cambio climático, al mismo tiempo que basada en la mejor ciencia disponible y a la luz de las circunstancias nacionales, resulta justa y equitativa ya que el país mantendría en 2030 un porcentaje de participación de 0.9% respecto de las emisiones globales manteniéndose sus niveles de participación histórica. Las tendencias globales en materia de acción climática se ven reflejadas particularmente en la Visión País al 2030, que fue construida para la segunda NDC y representa los objetivos de desarrollo que se espera alcanzar mientras se cumplen los compromisos climáticos.
En el 2021, Argentina emprendió el proceso de elaboración de la Estrategia de Desarrollo con Bajas Emisiones de Gases de Efecto Invernadero a Largo Plazo a 2050 con el objetivo de alcanzar un desarrollo resiliente y carbono neutral. En el 2022, comunicó su LTS en el portal de la CMNUCC reforzando el compromiso del país con la acción climática y dándole continuidad a los esfuerzos iniciados en su Segunda Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC, por sus siglas en inglés), del año 2020, y su correspondiente actualización de la meta de mitigación, en el año 2021.
La segunda NDC se elaboró en el marco del Gabinete Nacional de Cambio Climático (GNCC), espacio formal de trabajo interinstitucional que tiene como objetivo la elaboración y el diseño de políticas públicas en materia de cambio climático, mediante la articulación estratégica entre las distintas áreas del gobierno nacional, los gobiernos subnacionales y los actores de la sociedad civil. En ese sentido, es un nuevo compromiso consensuado de manera participativa, interinstitucional e interjurisdiccional, logrado a través de la articulación entre todas las instancias del GNCC (Reunión de Ministros, Mesa de Puntos Focales, Mesa de Articulación Provincial, y Mesa Ampliada).
Un soporte legal relevante para la implementación de la NDC es la Ley N° 27.520 de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global (Ley de Cambio Climático) aprobada en el 2019, y su Decreto Reglamentario N° 1030/2020. Asimismo, la Ley N° 27.520 y su reglamento, institucionalizan el Gabinete Nacional de Cambio Climático (GNCC) como órgano de gobernanza nacional para el diseño coordinado y consensuado de políticas de adaptación y mitigación al cambio climático, y estipula la elaboración del Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático (PNAyMCC), para el cual se establecen contenidos y medidas mínimas. Cabe resaltar que, Argentina cuenta con la Ley General del Ambiente N° 25.675 que enumera los principios preventivo, precautorio, progresivo, de congruencia, de responsabilidad, de subsidiariedad, de sustentabilidad, de equidad intergeneracional, de solidaridad y de cooperación. Por otro lado, en materia de energía, cabe destacar que en el 2019 Argentina aprobó los Decretos 476/2019 y 548/2019 sobre energías renovables.
Todos los sectores considerados en la primera NDC (2016) se mantienen para este periodo de actualización. Las medidas en adaptación cubren los sectores de: Agricultura y ganadería, Producción, Turismo, Salud, Transporte e infraestructura, Energía, Biodiversidad y ecosistemas.
El alcance de la NDC es nacional y no se cuenta con metas subnacionales o locales. La NDC abarca la totalidad del territorio nacional a excepción de las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur. A pesar de que no incluye metas a nivel subnacional, la NDC menciona que se ha establecido, por vía legal, un proceso de planificación subnacional, en donde a cada jurisdicción le compete desarrollar Planes de Respuesta, que integren de manera estratégica a la adaptación.
La segunda NDC hace énfasis en aumentar la capacidad de adaptación, fortalecer la resiliencia y disminuir la vulnerabilidad de los diferentes sectores sociales, económicos y ambientales, a través de medidas que priorizan a las comunidades y grupos sociales en situación de vulnerabilidad e incorporarán el enfoque de género, diversidad, y equidad intergeneracional. Además, la perspectiva de género se transversaliza a través de las acciones de la NDC de mitigación y adaptación al cambio climático e intervenir de manera activa y eficaz en su diseño e implementación para reducir las brechas de desigualdad en base al género en sus distintas dimensiones. La educación ambiental es un eje rector de la segunda NDC. Además, la segunda NDC tiene como medida transversal “Fomentar la educación y la cultura ambiental a través de la sensibilización y el conocimiento sobre los impactos del cambio climático, los riesgos y las vulnerabilidades para una política pública de adaptación efectiva”.
Considerando el impacto del cambio climático en su territorio y en su estructura social y productiva, Argentina estima que el costo de las acciones de mitigación y adaptación con financiamiento internacional ascienden a USD 15000 millones; lo cual aún es insuficiente. Cabe mencionar, que en el 2021 Argentina inició un trabajo preliminar de valoración de las acciones de mitigación y adaptación necesarias para dar cumplimiento a la segunda NDC; el mismo que se encuentra en revisión por parte de las áreas involucradas.
La segunda NDC de Argentina presenta un análisis inicial, no vinculante y no exhaustivo de los medios de implementación priorizados para la Segunda NDC. Para cada eje se establecen niveles de apoyo requeridos en términos de fortalecimiento de capacidades, desarrollo y transferencia de tecnologías y de financiamiento concesional: una necesidad elevada (+++), una necesidad moderada (++) y una necesidad menor (+). En particular, se destaca con muy alta prioridad la necesidad de financiamiento en calidad de donación para medidas de adaptación que atienden estratégicamente las áreas y sectores particularmente vulnerables de la República Argentina (MAyDS, 2020).
Asimismo, el Cuarto Informe Bienal de Actualización (2021), específicamente en el Capítulo 4, reporta las necesidades y barreras, así como el apoyo recibido en materia de cooperación internacional, formulado en base a una metodología nacional robusta y transparente de modo tal que permita su seguimiento continuo y consistente (MAyDS, 2021).
De igual manera, el país resalta necesidades cruciales en (i) capacidad técnica, dado que no siempre se encuentran los perfiles técnicos dentro del país para atender las demandas que se tienen por parte de los sectores; (ii) infraestructura, debido a que se requiere financiamiento para mejorar/construir infraestructura resiliente al clima; y (iii) investigación y generación de información actualizada, especialmente para determinar el costo de las medidas climáticas y para acceder a financiamiento.
Las medidas nacionales de adaptación contenidas en la NDC muestran la contribución de la medida con otros marcos internacionales tales como los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CBD), la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación (CNULD), el Marco de Sendai y la Convención Ramsar. De esta manera, en su conjunto se identifica que las metas de adaptación tienen sinergia con los 17 ODS (MAyDS, 2020).